Comunicado de Prensa

Santa Marta, 11 de julio de 2024

La Diócesis de Santa Marta informa que:

La diligencia de “PROCESO AMPARO POLICIVO POR PERTURBACIÓN A LA TENENCIA” inicialmente programada para el pasado 27 de mayo de 2024 y aplazada por incomparecencia del Padre Hernando Fagid Álvarez Yacub,
tuvo una nueva etapa este 11 de julio.

La diligencia inició a las 9:30 a.m. y fue suspendida ante una solicitud del apoderado del Padre Hernando Fajid Álvarez que, argumentando falta de competencia del Inspector designado, requería llevar el proceso ante un
Juez Civil.

La diligencia fue suspendida temporalmente y reanudada en horas de la tarde. La decisión del Inspector fue negar el “AMPARO POLICIVO POR PERTURBACIÓN A LA TENENCIA” que fue solicitado con el propósito de restablecer la tenencia y posesión del Cementerio en favor de la Fundación Juan Pablo Segundo que es la legítima administradora del Campo Santo.

Así las cosas, el apoderado de la Fundación Juan Pablo Segundo impugnó la decisión y en consecuencia se procederá en lo necesario por las vías de que dispone la justicia.

Importante

Es de aclarar que la suspensión del Padre Hernando Fagid Álvarez fue una medida canónica determinada por la Diócesis de Santa Marta; mientras que el proceso civil es adelantado por la Fundación Juan Pablo Segundo con el propósito de restablecer la tenencia y posesión del Cementerio.

Información complementaria

Entre tanto, la Diócesis reitera a la comunidad que se imperativo que abstenga de cualquier actividad irregular y no autorizada que pudiera realizar el Padre Álvarez en su nombre o en el de la Iglesia, así como de adquirir servicios o hacer negociaciones con dicho sacerdote o cualquier otra persona que pretenda actuar en nombre del cementerio o de la Fundación Juan Pablo Segundo, única autorizada para la administración a cuyo cargo se encuentra el Padre Armando Echeona.

Dada la lamentable situación que ha tomado ya varios meses con la afectación que ello implica a los feligreses, es de recordar que:

    1. En el marco de lo establecido en las normas y habiendo agotado todos los medios como exhortaciones pastorales, amonestación paternal e incluso el recurso de las amonestaciones canónicas, este 24 de abril de 2024 emitió el Decreto formal de suspensión del Padre Hernando Fajid Álvarez Yacub del ejercicio de su ministerio presbiteral.
    2. La suspensión implica la prohibición para celebrar los sacramentos y sacramentales, realizar actos de potestad de régimen; sin embargo, podrá atender a los fieles en peligro de muerte.
    3. La decisión responde a que el Padre Álvarez Yacub, quien había sido nombrado como encargado de la capilla del cementerio desde el 1 de noviembre de 2005, ha incurrido en desobediencia reiterada ante la decisión de traslado emitida por la Diócesis el 9 de enero de 2024 e informada de manera oportuna y apropiada. Tal decisión incluyó alternativas para que el Padre Álvarez Yacub siga con su misión en otro lugar de la Diócesis.
    4. Tanto la decisión de traslado del Padre Álvarez Yacub como las motivaciones para ello le fueron comunicadas por los medios formales. Es de anotar que ante el primer anuncio en abril de 2023 se concedió una prórroga solicitada por el Padre Álvarez Yacub.
    5. El 13 de diciembre de 2023, informado nuevamente de su traslado, el Padre Álvarez Yacub se negó a dialogar sobre la nueva destinación pastoral. Más aún, el 15 de diciembre de 2023 el Padre Álvarez Yacub creó un nuevo organismo de carácter civil para operar por su propia cuenta el cementerio, y, en consecuencia, mantenerse en el ejercicio del ministerio en la capilla del cementerio.
    6. El 6 de enero de 2024 le fue notificado al Padre Álvarez Yacub el nombre de su sucesor, Padre Armando Echeona Melo, designado como Director provisional de la Fundación Juan Pablo Segundo encargada de la gestión del cementerio San Miguel. El 22 de marzo de 2024 le fue notificada la diligencia de empalme a realizarse el 2 de abril.

Cada una de estas acciones y cambios implementados, y otros planeados a corto y mediano plazo, se dan por necesidades pastorales y administrativas, y para proporcionar a los fieles el cuidado pastoral necesario en cada comunidad de la Diócesis de Santa Marta.

Estos cambios incluyen traslado de personal en cargos administrativos, algunas contrataciones, traslado de párrocos, revisión de procesos con el fin de identificar oportunidades de mejora, cambios en los horarios de atención a la comunidad de modo que resulte mejor y más fácil para ellos, distintas actividades de acercamiento y acompañamiento a la comunidad y convenios con instituciones universitarias, entre otros.

La Diócesis mantiene su actitud de puertas abiertas y de transparencia ante cualquier información, así como su principio de actuación orientada por las necesidades pastorales y administrativas, y para proporcionar a los fieles el cuidado pastoral necesario en cada comunidad de la Diócesis de Santa Marta.

A su disposición.

Padre Jesús Orozco
Delegado de Comunicaciones

Fin.

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