Tribunal Eclesiástico de Santa Marta

Nuestro Señor Jesucristo, al fundar la Iglesia, le asignó una triple misión: enseñar, santificar y regir. Así, la potestad judicial hace parte de la misión vicaria de la Iglesia, por tanto, la facultad de juzgar las controversias que surjan al interno de la Iglesia corresponde a la autoridad eclesiástica. Esta potestad descansa, para toda la Iglesia, en el Romano Pontífice, y para cada diócesis, en el Obispo diocesano, los cuales generalmente ejercitan a través de sus jueces y tribunales, que actúan con potestad vicaria o delegada y buscan responder a la finalidad de la misma Iglesia, la salvación de las almas (cf. c. 1752).

En tal sentido el Código de Derecho Canónico del año 1983 preceptúa que el Obispo diocesano es el juez nato de su diócesis, pero que debe nombrar un Vicario Judicial que ejerza ordinariamente de juez en su nombre (cc.1419-1420). Este Vicario Judicial, con el resto de jueces, constituye el Tribunal Eclesiástico.

El Tribunal Eclesiástico Diocesano juzga los procesos de primera instancia, y contra sus sentencias se puede presentar recurso de apelación en segunda instancia ante el Tribunal Eclesiástico del Metropolitano o de la Conferencia Episcopal. Contra la sentencia de segunda instancia se puede recurrir en apelación a la Santa Sede, en concreto al Tribunal Apostólico de la Rota Romana.

En nuestro contexto, la diócesis de Santa Marta pertenecía desde 1972 al conjunto de circunscripciones que conformaban el Tribunal Interdiocesano de Barranquilla. Sin embargo, tras la Reforma del Papa Francisco en el Motu Proprio Mitis Iudex Iesus Dominus del año 2015, Monseñor Luis Adriano Piedrahita Sandoval, en comunión con la voluntad del Santo Padre, erigió el Tribunal Eclesiástico de la diócesis de Santa Marta, que fue reconocido mediante Rescripto del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica, concediéndole competencia para todas las causas, sea de nulidad matrimonial y separación de los cónyuges, sean penales, sean contenciosas; y teniendo para la segunda instancia el Tribunal Único de apelación de la Conferencia Episcopal con sede en Bogotá.

En el decreto de Constitución del Tribunal Eclesiástico fueron nombrados sacerdotes y laicos para cada oficio, ministros que fueron confirmados por nuestro actual Obispo, Monseñor José Mario Bacci Trespalacios, así: Vicario Judicial y presidente R.P. Ramiro Núñez Anaya, Jueces RR.PP. Gustavo Acevedo Acevedo, Alexander Grecco Núñez, Álvaro Berdejo Romero y Hermes Sánchez Sánchez; Defensor del Vínculo la abogada Lucía Borrego Abello y el R.P. Dagoberto Rhenals López; Juez Auditora la abogada Mariangélica Perea Turizo, y Notaria la Sra. Patricia Campo Escobar.

El Tribunal Diocesano, entre sus varias competencias, tiene como propósito sobre todo buscar la verdad a través de un proceso que permita a los jueces llegar a la certeza moral para declarar la nulidad de un matrimonio o confirmar la validez del mismo. Para ello se hace necesario, quedando firme el principio de la indisolubilidad del vínculo matrimonial, “acoger y valorar especialmente el dolor de quienes han sufrido injustamente la separación, el divorcio o el abandono, o bien se han visto obligados a romper la convivencia por los maltratos del cónyuge” (Papa Francisco, Amoris laetitia, 242) y han conformado una nueva unión de hecho o por matrimonio civil.

OFICIOS Y ORGANIZACIÓN DEL TRIBUNAL ECLESIÁSTICO DIOCESANO

Sede del Tribunal

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